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La responsabilidad patrimonial de las corporaciones locales por daños derivados de espectáculos o artefactos pirotécnicos. Consideraciones acerca de la posición del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha

  • Autores: Marta Sobrino Gómez
  • Localización: Diario La Ley, ISSN 1989-6913, Nº 9183, 2018
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • Es frecuente la celebración de espectáculos pirotécnicos o lanzamiento de elementos pirotécnicos que producen daños y perjuicios de los que deben responder las Administraciones Públicas organizadoras de estos eventos. En estos supuestos se plantean multitud de consideraciones sobre la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas por estos daños y perjuicios. Los espectáculos pirotécnicos, en general, entrañan un riesgo en sí mismos, y tal riesgo motiva que el causante del daño no puede eximirse de responsabilidad probando que ha cumplimentado las medidas de seguridad ordinarias si de los hechos resultare que, atendidas las circunstancias, debieron elevarse las condiciones de seguridad. Se produce una complejidad añadida cuando estos espectáculos son desarrollados por un contratista de la Administración. Problemática de las resoluciones administrativas que acuerdan la responsabilidad patrimonial del contratista. Preceptividad y consulta a los órganos consultivos.


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