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Resumen de Políticas públicas endógenas ambientales y gobierno de los bienes comunes en la zona de reserva campesina del valle del río Cimitarra

Julián Camilo Camilo Barreto García

  • El derecho ambiental colombiano contiene el dominio público, la función ecológica de la propiedad, la adquisición de bienes con fines de conservación, las prioridades del uso de recursos naturales renovables, las sanciones ambientales y los mecanismos de defensa y protección del ambiente, amparados en la Constitución Política, el Código de Recursos Naturales y la Ley 99 de 1993 (Mesa, 2011). Sin embargo, las sanciones ambientales a los actores individuales y colectivos por incumplimiento normativo no son suficientes, en parte por la limitada capacidad de lógica de acción colectiva que incentive la cooperación de todos los actores en la sustentabilidad del medio ambiente. El derecho ambiental soporta la política pública ambiental, pero no es la única, ya que endógenamente comunidades organizadas como la zona de reserva campesina del Valle del Rio Cimitarra, gobiernan recursos de uso común (Ostrom, 2000; Cárdenas, 2010;  Barreto, 2012, 2013) y configuran elementos estructurales de política pública. De este modo, estas comunidades garantizan a través de un marco normativo y condiciones de autogobierno (Ostrom, 2002) lógicas de acción colectiva biocéntricas que propenden la ética ambiental en el uso y apropiación del territorio. De este modo, estas políticas públicas permiten la sustentabilidad en los territorios, enfrentando serios obstáculos como los del conflicto armado que asocia la minería ilegal, cultivos ilegales, tala indiscriminada de árboles, titularización de baldíos (Palacios, 1995; Estrada, 2013) y reconocimiento de autogobierno.


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