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Resumen de Determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de asilo presentadaen uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país: TJ, Sala Tercera, 25 Ene. 2018. Asunto C-360/16: Hasan

L. Bay Larsen

  • El Derecho de la Unión debe interpretarse en el sentido de que no se opone a una legislación nacional, como la controvertida en el litigio principal, que establece que el control jurisdiccional de la decisión de traslado debe basarse en la situación de hecho existente en el momento de celebración de la última vista ante el tribunal ante el que se ha presentado el recurso o, en caso de que no se celebre vista, en el momento en el que dicho tribunal dicte resolución sobre el recurso. En una situación en la que un nacional de un tercer país, que tras haber presentado una solicitud de protección internacional en un primer Estado miembro, fue trasladado a este Estado miembro como consecuencia de la desestimación de una nueva solicitud presentada ante un segundo Estado miembro, y que después regresó, sin documento de residencia, al territorio del segundo Estado miembro, este nacional de un tercer país puede ser objeto de un procedimiento de readmisión y no puede ser trasladado nuevamente al primero de estos Estados miembros s i n seguirse tal procedimiento.


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