La Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo establece en su artículo 11 que desde el 1 de enero del presente año son parcialmente deducibles los gastos de suministros de la vivienda del trabajador autónomo cuando también es utilizada como despacho profesional o para desarrollar su actividad económica. Falta por saber si el IVA de estos mismos suministros es también deducible, en la misma proporción del gasto o de cualquier otra manera
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