La reciente referencia al concepto «expolio», incorporado al Código Penal en la reforma de 2015, ha introducido importantes dudas sobre el mismo. El problema reside en que nos encontramos ante un término polisémico que, comprensiblemente, necesita una clarificación, con la complicación adicional de que en el preámbulo de la reforma nada se dice sobre el término controvertido. A su vez, esa clarificación debe dirigirse al contexto penal explícito en el que se ha incorporado el vocablo en cuestión, con objeto de que el operador jurídico esté en condiciones de aplicar correctamente la norma.
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