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Los propietarios no deben financiar los sistemas generales que benefician a la colectividad: (a propósito de la STS de 25 de noviembre de 2015 (RJ 2015, 6480) [RC 283/2014

    1. [1] Universidad Complutense de Madrid

      Universidad Complutense de Madrid

      Madrid, España

  • Localización: Revista de urbanismo y edificación, ISSN 1576-9380, Nº. 36, 2016, págs. 193-206
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • La determinación del alcance del deber jurídico de costear las obras de urbanización y los sistemas generales es objeto de considerable controversia doctrinal, en razón de su alcance práctico. La STS de 25 de noviembre de 2015 aclara el escenario, declarando que aquellas infraestructuras de las que se beneficia la colectividad no pueden imputarse a unos pocos propietarios, como es el caso de la prolongación de la línea 10 de metro en Madrid.


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