Los artículos 26 y 27 del Reglamento (CE) n.o 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, sobre los controles oficiales efectuados para garantizar la verificación del cumplimiento de la legislación en materia de piensos y alimentos y la normativa sobre salud animal y bienestar de los animales, en su versión modificada por el Reglamento (UE) n.o 652/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, deben interpretarse en el sentido de que no se oponen a la imposición de una tasa, como la que es objeto del litigio principal, que grava únicamente a los establecimientos de comercio minorista de alimentación y cuyo producto no se destina a financiar de modo específico los controles oficiales que se efectúen a causa o en beneficio de esos sujetos pasivos.
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