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Conformidad con el Derecho humanitario de las medidas restrictivas específicas contra determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo: TJ, Gran Sala, 14 Mar. 2017. Asunto C-158/14: A y otros

  • Autores: Allan Rosas
  • Localización: La Ley Unión Europea, ISSN-e 2255-551X, número 51, 2017
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • Habida cuenta que la Posición Común 2001/931/PESC del Consejo, de 27 de diciembre de 2001, sobre la aplicación de medidas específicas de lucha contra el terrorismo, y el Reglamento nº 2580/2001 no se oponen a que las actividades de una fuerza armada en período de conflicto armado, en el sentido del Derecho internacional humanitario, constituyan «actos terroristas», en el sentido de dichos actos de la Unión, el hecho de que las actividades de la organización «Tigres de Liberación de Eelam Tamil (LTTE)» puedan constituir tales actividades no afecta a la validez del Reglamento de Ejecución nº 610/2010 ni a la de los actos de la Unión anteriores a ese Reglamento de Ejecución.


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