El presente artículo pretende analizar la problemática de la contabilización de la imposición sobre beneficios en función de que el grupo tribute por el régimen general o se acoja de forma voluntaria al régimen especial de la consolidación fiscal. En ambos casos, sus efectos se deberán contabilizar de diferente manera, atendiendo al régimen aplicado, tanto en cuentas anuales individuales como consolidadas.
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