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El astigmatismo como entidad congénita bilateral y simétrica

  • Autores: Francisco Fernández Solsona
  • Localización: Archivos de la Sociedad Española de Oftalmologia, ISSN 0365-6691, Vol. 36, Nº. 4 (ABR), 1976, págs. 395-428
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • Estudiada la refracción de 51.000 pacientes deducimos que el astigmatismo es una entidad congénita, bilateral, cuyos ejes ?sean o no oblicuos? deben estar simétricamente colocados con relación al plano sagital medio en un 67, 5% de los casos. Se considera existente la acomodación astigmática ?en acción bilateral?mediante contracciones centrífugas, en estrechos sectores, de las fibras radiales, en disposición diametralmente opuesta y guardando simetría con relación al otro ojo. Se señala la presencia de un mecanismo de «defensa antiastigmática» mediante la tendencia a la fusión, la ciclotorsión y otros factores, como elementos integrantes del «síndrome ocular de adaptación». La «suma» de dos astigmatismos simétricos, en visión binocular, puede originar la neutralización total o parcial del defecto. Los astigmatismos congénitos que no sean bilaterales y simétricos deben considerarse como pequeñas desviaciones genéticas o de desarrollo. Pese a la transformación paulatina del astigmatismo directo en inverso, a lo largo de los años, la simetría bilateral de los ejes se mantiene invariable.


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