En el presente artículo se analiza críticamente la reciente doctrina de la DGRN contraria a permitir la inscripción directa de los autos de homologación dictados al amparo del artículo 19 LEC así como respecto a otras resoluciones procesales adoptadas en sede de división de patrimonios y conciliación procesal, aportando argumentos para mantener la postura contraria. Concluyendo que urge rectificar dicha línea doctrinal para respetar las previsiones procesales.
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