Muchos de los casos de maltrato a las víctimas de violencia de género que se plantean ante nuestros tribunales de justicia acaban sobreseyéndose o con sentencia absolutoria. Ello es debido, en buena medida, a la dificultad probatoria de estas conductas que normalmente se desarrollan en la intimidad de la pareja, a lo que debe añadirse el acogimiento, no poco frecuente, de las víctimas a la dispensa de la obligación de declarar del art. 416 LECrim. Ante esta realidad, el presente trabajo tiene por objeto reflexionar sobre el importante papel de la prueba pericial para apoyar la declaración de la víctima, cuando la hubiere, e incluso llegarla a suplir en su defecto, en la lucha contra la impunidad de este tipo de maltrato.
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