Las características inherentes a la enfermedad mental hacen que el cumplimiento continuado del tratamiento por el paciente, que muchas veces no tiene conciencia de serlo, sea un severo problema.
A fecha de hoy no se dispone de una regulación que permita al clínico adoptar esa medida y al juez autorizarla, ya que nos movemos con criterios y sensibilidad estrictamente personal, lo que genera una situación incómoda para el médico, peligrosa para el enfermo, frustrante para a familia y económicamente negativa para los sistemas públicos de salud.
Se reflexiona sobre la posibilidad de una modificación legal que permita a los tribunales la imposición de un tratamiento involuntario en aquellos casos que sea necesario por carecer el enfermo capacidad de adherencia y de cumplimentación adecuadas.
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