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La protección constitucional de las personas mayores como fundamento de la gerontología jurídica

  • Autores: Julio Ignacio Iglesias Redondo, José Manuel Mayán Santos, Isabel Espín Alba, Alvaro Rey Vieites
  • Localización: Gerokomos: Revista de la Sociedad Española de Enfermería Geriátrica y Gerontológica, ISSN 1134-928X, Vol. 14, Nº. 2, 2003, págs. 66-73
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • Las personas mayores constituyen un colectivo que puede verse sometido a situaciones de abuso, desprotección y violación de sus derechos fundamentales. Es necesario establecer el marco jurídico de protección de los ancianos. Debemos atender en primer lugar a la Constitución española de 1978, como norma primera de nuestro ordenamiento jurídico.

      En el texto constitucional no existen, salvo lo que prevé el art. 50, menciones específicas destinadas a los mayores. Sin embargo, encontramos la delimitación de los derechos y deberes fundamentales de la persona que condicionarán el necesario desarrollo jurídico de un sistema de protección adecuado para las personas mayores.

      El art. 50 de nuestra Carta Magna establece garantías de suficiencia económica y un sistema de servicios sociales. Estos instrumentos han de ser desarrollados por el legislador para ofrecer a las personas mayores un sistema de protección jurídica que abarque todos los ámbitos


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