Este artículo se centra en analizar, críticamente, el reciente Auto del Tribunal Supremo, de 22 de marzo de 2017, por el que se inadmite la demanda de revisión interpuesta por la hija de un famoso presentador de televisión contra la sentencia firme en la que se le declaró padre biológico del hijo de una conocida actriz y presentadora. En concreto, se presta una especial atención a la restrictiva interpretación de la legitimación activa para promover la demanda de revisión de la sentencia firme en el proceso civil, con exclusión del tercero (en este caso concreto la hija, mayor de edad, del primer matrimonio del presentador de televisión), en un supuesto relacionado con la consideración de la revocación de una sentencia firme de paternidad, tras obtención de una prueba biológica posterior.
© 2001-2026 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados