La conducta pasional, como circunstancia eximente, atenuante y agravante de la culpabilidad está prevista en el ordenamiento canónico. El autor, a través de un estudio que incluye la filosofía y la teología, combinada con su experiencia y docencia en la medicina legal forense, presenta una graduación de la culpabilidad que debe considerar también el derecho penal canónico y el penal comparado.
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