En su primer número dedicado al derecho canónico la revista Concilium publicó un editorial redactado en parte por Teodoro Ignacio Jiménez Urresti que definía todo un programa: “este número de Concilium pretende ayudar a los teólogos a la “desjuridización” de la teología, y a los canonistas a la “desteologización” del derecho canónico” (8, set-octubre 1965, pág. 6). Frente a las críticas que se hicieron a este manifiesto, Giménez Urresti se defiende indicando que “desteologizar” y “desjuridizar” son “dos sustantivos de actuación, activos, que denotaban y denotan un programa histórico-concreto de renovación y no una tesis o programa teológico-temático sobre la naturaleza y los principios de la comprensión del derecho canónico, naturaleza y principios que se daban por supuestamente conocidos”. Veintiocho años después agregará el adjetivo “indebida” (De la teología a la canonística, 1993).
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