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Resumen de El régimen jurídico del suelo en el medio rural: en especial, los núcleos rurales y su problemático tratamiento urbanístico

José Manuel Pérez Fernández

  • Los principios de utilización racional de los recursos naturales y de desarrollo sostenible deben presidir la ordenación de la compleja y variada realidad que se integra en el medio rural. Tras la reforma de 2007, el conjunto del suelo del medio rural tiene atribuido un valor ambiental que justifica su preservación o protección frente a procesos de transformación urbanística que no respondan a las necesidades reales y efectivas de la población. La tensión «preservación-transformación» se revela más intensamente en los asentamientos tradicionales de población —núcleos rurales—, que han experimentado una evolución en su estructura socio-económica. El tratamiento dispensado por el legislador estatal a la situación básica de suelo rural responde a una concepción clásica —propiedad esencialmente agropecuaria—, que no se ajusta plenamente a la singular posición que ocupan los núcleos rurales entre lo urbano y lo rural. La respuesta del legislador urbanístico autonómico ante esta situación, a la hora de adscribir los núcleos rurales a una concreta clase o categoría de suelo y proceder a su encaje en una de las dos situaciones básicas del suelo, se ha caracterizado por su heterogeneidad y no está exenta de problemas.


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