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Resumen de Aspectos jurídicos del acoso y ciberacoso escolar

Leticia Mata Mayrand

  • El acoso escolar puede abordarse desde muchos ámbitos y uno de ellos es el jurídico. Estamos ante un tipo de violencia entre iguales, es decir, ejercida por menores de edad hacia otros menores y constitutiva, en muchas ocasiones, de una o varias infracciones penales. El acoso escolar va a producir siempre y en mayor o menor grado un daño psicológico o emocional a la víctima y a sus familiares. En ocasiones, junto a este daño psicológico, se producen también daños físicos y/o materiales. Todos ellos son merecedores de una reparación económica. Por otro lado, en los casos de acoso y ciberacoso escolar, estaremos en presencia de la responsabilidad civil prevista en el art. 1903 del Código Civil, que recaerá sobre los titulares de los centros docentes o de los representantes legales de los menores acosadores dependiendo del tipo de acoso escolar y donde se produce. Se trata de una responsabilidad civil por actos ajenos, pero por culpa propia (culpa in vigilando o in educando). El objetivo de este artículo es ofrecer una visión global sobre las implicaciones legales de la violencia escolar, analizando y abordando todas estas cuestiones.


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