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Resumen de Regulación y análisis de la gestación por sustitución en España

Antonio Aznar Domingo, Alberto Delgado Sánchez

  • La gestación por sustitución es un medio al que pueden acudir aquellas personas que deseen ser padres pero que, por diversas causas, no puedan. En España, esta técnica está prohibida en el art. 10 de la LTRHA, precepto en el que se establece la nulidad de pleno derecho de estos contratos. Sin embargo, cada vez más son los españoles que optan por este proceso para tener hijos, desplazándose, para ello, a otro estado donde se admita legalmente la maternidad subrogada, inscribiendo a los niños una vez nacidos en el Registro Civil Consular de ese país y tratando de que se produzca el reconocimiento de esa inscripción en el Registro Civil español, para poder así traer al menor a España con el fin de que se reconozca completamente su filiación a su favor. Los Tribunales de nuestro país se han mostrado reacios a permitir tal inscripción aunque esté avalada por la Dirección General de Registros y del Notariado y también por resoluciones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos similares.

    En este artículo se examina los distintos ámbitos problemáticos que comporta la gestación por sustitución, desde el punto de vista no sólo de la determinación de la filiación a las personas que conciertan este contrato sino, además, la respuesta de la jurisprudencia tanto nacional como europea frente a supuestos de este tipo, el régimen jurídico actual y las reformas que el poder legislativo español preveía, así como un análisis de las diferentes regulaciones que a nivel mundial contempla esta institución.


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