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El arrendatario de una vivienda de protección pública mantiene sus derechos previos íntegros tras la adquisición de la propiedad por un fondo buitre

  • Autores: Guillermo Rocafort
  • Localización: Actualidad administrativa, ISSN 1130-9946, Nº 12, 2017
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • En este artículo, a raíz de la sentencia de 27 de abril de 2017 del juzgado de primera instancia número 43 de Madrid, se analizan las garantías jurídicas que deben mantenerse en el arrendatario de una vivienda protegida cuando ha sido cedida a un Fondo Buitre y, en particular, la delimitación de la normativa que debe aplicarse en las situaciones en que el nuevo propietario quiera resolver los contratos de arrendamiento y desahuciar a sus legítimos moradores.


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