La ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a la evaluación y gestión del ruido ambiental, estableció dos objetivos principales: identificar áreas de conflicto para implantar soluciones y simular situaciones presentes y futuras; y proteger las zonas tranquilas.
La primera línea ha tenido un gran desarrollo mediante los Mapas de ruido y los Planes de Acción de poblaciones e infraestructuras. No ocurre lo mismo con la identificación y tratamiento de las Zonas Tranquilas. En esta comunicación se propone una metodología para identificar, analizar y gestionar las Zonas Tranquilas Urbanas, que se aplicará a la ciudad de Gijón, concretamente a tres parques potencialmente tranquilos. Los resultados muestran que las tres zonas cumplen con los valores establecidos para ser designadas como Zonas Tranquilas Urbanas. La metodología propuesta es abierta y puede aplicarse a otras situaciones
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