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Resumen de Del régimen departamental (capítulo II de la organización territorial)

Wilson Herrera Llanos

  • El papel de intermediación normativa, asignación constitucional de responsabilidades de planificación y coordinación de esfuerzos municipales que la Constitución de 1991 asignó a los departamentos no podrá ser materializado mientras no se produzca un cambio sustancial en el manejo administrativo de los servidores y en la cultura electoral de las regiones. Tal situación nos lleva a dudar de la posibilidad e importancia que puede tener su participación en la constitución de las regiones administrativas y de planificación.


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