Uno de los problemas derivados de la internalización de servicios públicos locales y su prestación por medio de personal subcontratado, lo constituye la aplicación a nivel interno de los convenios colectivos sectoriales, es decir, de la empresa "cedente". En este artículo se analizarán los mecanismos legales para evitar dicha importación o, en su defecto, los fundamentos para homogeneizar las condiciones de trabajo- del personal propio y del subrogado- para eliminar esas diferencias de muy díficil justificación a la luz del artículo 23.2 CE
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