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Un derecho jurisprudencial. La propiedad colectiva y la Corte Interamericana

    1. [1] Pontificia Universidad Católica de Chile

      Pontificia Universidad Católica de Chile

      Santiago, Chile

  • Localización: Revista de derecho, ISSN-e 0718-9753, ISSN 0717-5345, Vol. 24, Nº. 1, 2017, págs. 133-189
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • A jurisprudential right. Collective property and the Inter-American Court
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      Son trece las sentencias condenatorias dictadas a la fecha por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por incumplimiento de los derechos comunales que el artículo 21 del Pacto de San José de Costa Rica le reconoce a los pueblos indígenas y tribales. Han pasado catorce años desde que se fallara la primera de estas decisiones judiciales.

      Es de presumir que a Nicaragua, Guatemala, Surinam, Paraguay, Ecuador, Colombia, Panamá y Honduras se les van a unir otros estados, también parte de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, por violar los derechos colectivos que protege esta disposición convencional, uno de los cuales es el de propiedad indígena y tribal. Estos derechos han sido elaborados a partir de una interpretación evolutiva y pro homine, donde el diálogo judicial y la coordinación con el derecho internacional extra interamericano y el derecho comparado juegan un papel central. El debido respeto de estos derechos requiere conocer bien la jurisprudencia judicial de donde emanan. Este trabajo ofrece una sistematización de las obligaciones internacionales que establece el artículo 21 del mencionado tratado, y de los principios jurídicos que las fundamentan, con el fin de favorecer el cumplimiento de una disposición bastante más compleja de lo que su simple lectura permite anticipar.

    • English

      Thirteen guilty verdicts have been issued to this date by the Inter-American Court of Human Rights for infringements of the communal rights that Article 21 of the Pact of San José de Costa Rica recognises to indigenous and tribal people. Fourteen years have passed since the first of these judicial decisions was issued. It is presumable that other states party to the American Convention on Human Rights will join Nicaragua, Guatemala, Surinam, Paraguay, Ecuador, Colombia, Panamá and Honduras for violating the collective rights that this conventional provision protects, one of which is indigenous and tribal property. These rights derive from an evolutive and pro homine interpretation, where judicial dialogue and the coordination with extra Inter-American international law and comparative law play a leading role. Due respect for these rights require that the case-law from where they arise is well-known. This work offers a systematisation of the international obligations that Article 21 of the mentioned treaty establishes, and of the legal principles that constitute their basis, to aid in the fulfilment of a provision, which is far more complex than what a simple reading of it allows to anticipate.


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