Por el cual se reglamenta la ley 35 de 1929, sobre ejercicio de las profesiones médicas y algunas otras.El Presidente de la República de Colombia,en uso de las atribuciones legales que le confiere el artículo 120 de la Constitución Nacional, y en desarrollo de la Ley 35 de 1-929, que reglamenta el ejercicio de las profesiones médicas.
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