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Resumen de La cuantía de las costas en casación: Comentario al ATS de 23 de mayo de 2017; Rec. 2641/2015

Manuel Fernández-Lomana García

  • En el ámbito contencioso-administrativo operan las reglas del art 139 de la LJCA que permiten la fijación de un límite o tope en la cuantía de las costas, que no puede alterarse con posterioridad salvo que concurran circunstancias excepcionales. No resultando de aplicación supletoria el art 394 de la LEC que establece determinados límites a la cuantía en materia de costas.


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