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Imprudencia y derecho penal internacional: algunas consideraciones sobre su previsión en el Estatuto de la Corte Penal Internacional

  • Autores: Ana M. Garrocho Salcedo
  • Localización: Revista electrónica de ciencia penal y criminología, ISSN-e 1695-0194, Nº. 19, 2017
  • Idioma: español
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      La comisión de crímenes internacionales por imprudencia solo tiene sentido a partir de la responsabilidad del superior por omisión. En este ámbito está plenamente justificado que cuando los jefes militares incumplen con su deber de cuidado de control y vigilancia sobre las operaciones de sus tropa y derivado de ello, estos cometen -dolosamente- un crimen internacional, dicho crimen le sea imputado al jefe militar a título imprudente. Con ello, se escinde el título de imputación subjetivo del superior con respecto al crimen doloso del subordinado. Dicha escisión deberá tener una importancia esencial en la imposición de la pena. Los jefes militares responden por su propio injusto y no por el delito ajeno. La existencia del principio de autorresponsabilidad encuentra en la responsabilidad del superior por omisión un importante límite, habida cuenta de la existencia de una especial vinculación (posición de garantía) entre el jefe militar omitente y el subordinado. Dicha vinculación tendrá importancia tanto en el título de intervención por el que responde el superior, así como en la determinación del deber de cuidado en los supuestos de imprudencia, regulados en el art 28 a) del Estatuto de la Corte penal internacional.

    • English

      The commission of international crimes by negligence only makes sense from the perspective of superior responsibility by omission. In this area, it is fully justified that when a military commander fails to comply with his duty to supervise and control the operations of his troops and, as a result, an international crime is committed, this crime is imputed to the military commander as a negligent crime. Thus, the subjective imputation (mens rea) of the superior has to be differentiated from the intentional crime of the subordinate. Such differentiation must be essential in the imposition of the sentence. The military commanders respond for their own wrongdoing and not for the crimes of others. The principle of personal responsibility finds in the superior responsibility by omission an important limit, given the existence of a special link (position of guarantee) between the military commander and the subordinate. This link is important to punish the superior as perpetrator by omission of the crime, as well as in determining the duty of care in the cases of negligence, regulated in article 28 a) of the Rome Statute of the International Criminal Court.


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