Dos cuestiones sobre el artículo 15 de la Ley 7/1995, de crédito al consumo: el concepto de "previa reclamación contra el proveedor" y el ejercicio contra el prestamista de "los mismos derechos" que el consumidor tiene frente al proveedor. Comentario a la STS de 24 noviembre 2016 (RJ 2016, 5652)