La cláusula que aplica un baremo indemnizatorio para el caso de invalidez es limitativa y el asegurado debe aceptarla expresamente también en los seguros colectivos. STS (Sala de lo Civil, Sección 1ª) núms. 541/2016 y 543/2016, de 14 de septiembre (RJ 2016, 4109 y RJ 2016, 4825)