Las cláusulas delimitadoras del riesgo con el objeto del contrato como las que delimitan los límites indemnizatorios y la cuantía asegurada que contradigan las condiciones particulares del contrato, se consideran limitativas de los derechos del asegurado.
Tratándose de una póliza de seguro colectiva, no sólo el tomador del seguro, sino cada asegurado, deben tener conocimiento y aceptar especialmente las cláusulas limitativas de derechos
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