El Tribunal Supremo, en su sentencia 374/2017, de 24 de mayo, ha resuelto el recurso de casación planteado por la defensa de Lionel Messi contra la resolución dictada por la Audiencia Provincial de Barcelona. El hecho consiste, de manera resumida, en la defraudación del IRPF de los años 2007, 2008 y 2009 mediante el impago de ese impuesto por los derechos de imagen del jugador, prevaliéndose de sociedades pantalla domiciliadas en países offshore, o que lo eran hasta no hace mucho.
Más allá del interés que pudiera generar la sentencia del TS por tratarse el condenado de uno de los mejores futbolistas de la historia o, como muchos consideran, el mejor, la verdadera relevancia de la sentencia radica, a mi juicio, en dos temas capitales respecto al delito contra la Hacienda Pública: a) el encargo del obligado tributario a un asesor de sus obligaciones fiscales; y b) la apreciación de la continuidad delictiva en el delito del art. 305 CP. Estas dos cuestiones son analizadas de manera extensa por la resolución, llegando incluso a formularse tres votos particulares respecto a la continuidad delictiva.
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados