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Resumen de El derecho al reajuste pensional de la Ley 6 del año 1992: un dilema jurídico para la administración pública territorial desde el derecho de los jueces

Diego Armando Yáñez Meza

  • español

    El derecho al reajuste pensional creado a través del artículo 116 de la Ley 6 del año 1992 y su aplicación a partir de la entrada en vigencia de la disposición y aún en la actualidad, plantea un serio dilema jurídico frente a su reconocimiento y pago a las administraciones públicas territoriales y otros sujetos que ejercen función administrativa, a causa de la exposición de dos formas radicalmente distintas de entender el sentido y alcance de la norma desde las providencias del Consejo de Estado en su Sección Segunda y de la Corte Suprema de Justicia en su Sala de Casación Laboral.Este contexto plantea una clara situación de incertidumbre respecto al principio de previsibilidad del derecho, que de una parte, perjudica al pensionado quien vive de la entrega de esos dineros -a causa de las decisiones encontradas de los jueces en su interpretación y el desconocimiento de la administración pública sobre el precedente y la doctrina probable aplicable-, descubriéndose una problemática social específica que requiere la definición de un criterio jurídico que permita facilitar la comprensión de la disposición, a fin de que se aplique uniformemente por el juez y la administración pública en los casos concretos.De otro lado, este contexto plantea una clara problemática para la administración pública frente a la eventual configuración de responsabilidad patrimonial en la acción de repetición para el administrador, al haber escogido como agente del Estado alguna de las dos interpretaciones y reconocer y pagar el reajuste pensional, descubriéndose una barrera a la tutela efectiva de los derechos en sede administrativa que requiere la definición de un criterio jurídico que posibilite o imposibilite la existencia de un daño patrimonial frente al punto de derecho.Por lo anterior, esta investigación pretende analizar las líneas jurisprudenciales aplicables al reajuste pensional de la Ley 6 del año 1992 y sus efectos respecto a la tutela efectiva del derecho para el pensionado en sede administrativa y respecto al pago del reajuste como daño antijurídico eventualmente objeto de la acción de repetición.

  • English

    The right to pension adjustment created through Article 116 of Act 6 of 1992 and their application to the taxpayers of this obligation, by the year of 2000 and even today, motivates doubts in territorial public administration because of exposure in two ways to understand what it really means the provision from orders of the State Council, in Section II and the Supreme Court in its Labor Court of Cassation. That doubt that translates into uncertainty and ultimately harms the pensioner who lives of those monies, not the judges with their conflicting decisions or public administration that ignores precedent and doctrine likely applicable, poses a social context and device that requires clarity because this is a problem that shows both, the difficulties of effective protection of rights in judicial and administrative headquarters and the possibility of setting up actions of repetition for the administrator who took a stand and paid that readjustment covered in one of these ways of understanding the layout.Therefore, this research aims to analyze the lines of jurisprudence applicable to the pension adjustment of Law 6 of 1992 and its effects for the effective protection of law in administrative headquarters and with respect to the payment of readjustment as unlawful damage object of repetition. 


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