El objeto del presente trabajo consiste en el estudio de los defectos normativos que plantea la expropiación temporal del uso de viviendas vacías como mecanismo para constituir un arrendamiento. Estos se focalizan principalmente en el objeto de la expropiación, en la modificación del pago del justiprecio y en problemas de índole competencial y de eficiencia. A estos efectos, se analizan unas alternativas de lege lata, centradas en la suspensión de los lanzamientos, el arrendamiento derivado de la dación en pago el arrendamiento social previo a la ejecución hipotecaria y la cesión obligatoria de viviendas. Asimismo, se proponen unos instrumentos de lege ferenda compuestos por el arrendamiento forzoso constituido por fases, cuya fase final es la ejecución subsidiaria, la expropiación temporal del uso de viviendas articulada como un procedimiento especial, y la posibilidad de realizar un legal transplant de las formas de gestión de viviendas vacías cercanas al arrendamiento forzoso, previstas en el Reino Unido, Francia y Bélgica.
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