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Resumen de Indemnización a un exciclista por control antidopaje positivo posteriormente anulado

Javier Fernández-Corredor Sánchez-Diezma

  • En esta sentencia el Tribunal Supremo ha venido a confirmar una anterior de la Audiencia Nacional, en la que se reconocía la responsabilidad patrimonial del entonces existente Comité Español de Disciplina Deportiva (actual Tribunal Administrativo del Deporte) a un ciclista profesional por los daños y perjuicios que le ocasionó una resolución de aquel que inadmitió por incompetencia un recurso de alzada interpuesto contra una previa resolución del Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la Real Federación Española de Ciclismo, que le impuso una sanción de dos años de suspensión de su licencia federativa por haber dado positivo en un control antidopaje, sanción que fue posteriormente anulada judicialmente. Reprocha el Alto Tribunal al citado Comité Español de Disciplina Deportiva su inacción que permitió la firmeza administrativa de la resolución sancionadora, resolución que es causa directa, inmediata y exclusiva de que se rescindieran los contratos laborales y de patrocinio y de que el interesado se viera privado de ejercer como ciclista profesional durante el tiempo de la sanción.


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