Pedro Agustín Talavera Fernández
El autor pone en evidencia la superficialidad con la que el TC ha tratado el art. 7.1 EACV, obviando la importancia trascendental que éste tiene como fundamento de la reforma del Estatut en 2006. En este sentido analiza la paradoja que supone la plena vigencia de este artículo y, por tanto, del mandato de recuperar el derecho foral histórico y la imposibilidad de llevarlo a cabo como consecuencia de la STC 82/2016.
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