Sevilla, España
En desarrollo de la LOGSE, el Real Decreto 546/1995 y, en Andalucía, el Decreto 37/1996, establecieron el título de Técnico en cuidados auxiliares de Enfermería, una de cuyas competencias profesionales reconocidas es la de auxiliar bucodental. El artículo 3 del citado Decreto 37/1996 señala, entre las funciones del técnico en cuidados auxiliares de Enfermería, las siguientes:
· Proporcionar cuidados sanitarios a pacientes/clientes, aplicando técnicas básicas de enfermería.
· Instrumentar y auxiliar técnicamente en intervenciones odontoestomatológicas.
· Obtener registros de las constantes vitales del organismo y representarlas gráficamente en el soporte documental adecuado.
Reconocer y seleccionar el material instrumental y equipo necesario para la correcta ayuda en consulta o servicios sanitarios.
· Asistir en la toma y efectuar el revelado de radiografías de la cavidad bucal.
· Aplicar técnicas de primeros auxilios y cuidados sanitarios ante diferentes situaciones de urgencia tipo.
· Aplicar adecuadamente las técnicas de limpieza y esterilización de los medios materiales a su cargo.
· Aplicar técnicas de gestión administrativa y de elaboración de documentos mercantiles en consultas sanitarias privadas.
Aunque todas estas funciones se relacionan de una forma u otra con la profesión de auxiliar bucodental, dos de ellas lo hacen de forma muy directa; instrumentas y auxiliar técnicamente en intervenciones odontoestomatológicas y asistir en la toma y efectuar el revelado de radiografías de la cavidad bucal. Concretamente, una de las labores claves a desarrollar por el auxiliar bucodental como ayudante técnico es la manipulación de los múltiples y variados materiales que se utilizan en las diferentes técnicas clínicas.
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