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El requisito de residencia para el acceso a prestaciones no contributivas de seguridad social (Comentario a la STJUE de 14 de junio de 2016 (C-308-14)

  • Autores: Juan López Gandía
  • Localización: Derecho de las relaciones laborales, ISSN 2387-1113, Nº. 4, 2017, págs. 351-360
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • español

      La Sentencia objeto de este comentario aborda la cuestión de principio de si un Estado miembro de la Unión Europea está obligado a otorgar prestaciones no contributivas de Seguridad Social, no solo a sus propios nacionales y a los ciudadanos de la Unión que residen en él legalmente, sino también a ciudadanos de la Unión cuya residencia en su territorio no sea legal al no cumplir los requisitos establecidos, en particular, en la Directiva 2004/38. La sentencia concluye que los Estados miembros pueden legítimamente imponer restricciones a fin de evitar que los ciudadanos de la Unión que acojan se conviertan en una carga excesiva para sus sistemas de Seguridad Social De tal modo la libertad de circulación acaba sometida a limitaciones cuando no se trate de una situación de actividad o asimilada, y por tanto cuando suponga una carga para el Estado de acogida tanto en prestaciones de asistencia social como contributivas. Pese a tratarse de una discriminación indirecta se considera justificada, además de que no habría ningún indicio de que resulte desproporcionada de cara a lograr el fin perseguido.

    • English

      Judgment object of this comment addresses the issue of principle whether a Member state of the European Union is obliged to grant non-contributory social security, not only their own nationals and citizens of the Union residing there legally, but also Union citizens whose residence in its territory is not legal to not meet the requirements, in particular Directive 2004/38. The judgment concludes that Member States may legitimately impose restrictions to prevent Union citizens to avail themselves become an excessive burden on their social security systems Thus freedom of movement ends subject to limitations when not in question a situation of activity or assimilated, and therefore when a burden for the host both social assistance and contributory. In spite of being an indirect discrimination it is considered justified, plus there would be no indication that disproportionate view to achieving the desired purpose.


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