Compraventa. Obligación de restituir al comprador de una vivienda las cantidades anticipadas aunque no se ingresasen en la cuenta especial concertada entre el promotor y la entidad bancaria
Tribunal Supremo. Sala Primera, de lo Civil, Sentencia 780/2014, de 30 de abril de 2015, rec. 520/2013. Ponente: Orduña Moreno, Francisco Javier. La Ley 54121/2015