El Estado miembro que ha emitido una orden de detención europea tiene la obligación de examinar, a los efectos de deducir el período de detención transcurrido en el Estado miembro de ejecución, si las medidas adoptadas con respecto a la persona interesada en este último Estado tienen un efecto privativo de libertad No tiene tal efecto, en principio, una asignación de residencia de nueve horas diarias acompañada de una vigilancia mediante pulsera electrónica.
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