El denominado como "derecho al olvido" no cuenta con referencia legal expresa pero ha sido establecido en Europa en el Caso Google Spain S.L contra Agencia Española de Protección de Datos. Como resultado de ello, los Tribunales españoles tienen que aplicar este derecho, pero la Sentencia del Tribunal Supremo de 15 de octubre de 2015 demuestra que todavía existen diversos aspectos de este derecho que necesitan ser aclarados. Este artículo trata de proporcionar y responder a aquellos problemas que surgen en orden a implantar el "derecho al olvido" como el equilibrio que debemos hallar entre este derecho y el derecho a la información. Asimismo, este trabajo se centra en los problemas que eventualmente surgirán en caso de incumplimiento de este derecho, como los daños al honor e intimidad.
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