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Procesos de modificación judicial de la capacidad por causa de discapacidad

  • Autores: Sonia Calaza López
  • Localización: Actualidad civil, ISSN 0213-7100, Volumen 2, Nº 11, 2015, págs. 4-19
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • Aún cuando la "pérdida de la capacidad" supone la constitución judicial de un nuevo estado civil, por contraposición a la "discapacidad", que conlleva la constitución o, mejor aún, el reconocimiento de una situación administrativa, la relación existente entre ambos conceptos, "incapacidad" - o anulación de la capacidad - y "discapacidad" es poliédrica, por cuánto la práctica totalidad de personas incapacitadas sufren algún tipo de discapacidad, mientras que la inmensa mayoría de personas con discapacidad no precisan, sin embargo, modificación judicial de su capacidad. En este trabajo trataremos de exponer nuestro punto de vista actual sobre los vigentes procesos sobre la capacidad de las personas y cual debiera ser, en beneficio del "superior interés de las personas precisadas de una modificación judicial, especialmente cuando fueren menores, de la capacidad o con capacidad judicial modificada", según los tiempos, por causa de su discapacidad, el cauce procedimental más adecuado, con alusión a estudios anteriores en el tiempo, en los que defendimos, con idéntica vehemencia a la actual, la tesis de su integración en el marco de la Jurisdicción voluntaria; tesis a la que, de nuevo, nos referiremos, con la desdicha de haber constatado cómo el Legislador de esta nueva Jurisdicció voluntaria las ha dejado, injustificadamente, abandonadas a la suerte de una Jurisdicción contenciosa, más sobrecargada, formalista y antieconómica, al tiempo que menos sencilla, ágil, acelerada, flexible, eficaz y humana, que la voluntaria.


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