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Resumen de De la apropiación indebida a la administración desleal

Antonio José Terrasa García

  • La reforma del Código Penal resultante de la LO 1/2015, de 30 de marzo, se inserta en el largo proceso de reajuste punitivo entre las figuras de apropiación indebida y administración desleal, con el propósito de devolverlas a sus genuinas dimensiones típicas.

    La actual estructuración de la apropiación indebida registra el progreso del vector “apropiación”, consonante con el modelo alemán, frente al abuso de confianza inspirado en el modelo francés, con lo que esta figura cobra una dimensión axiológica que obligará a una esforzada delimitación frente a otros ilícitos civiles y penales en colindancia.

    Se implanta una figura general de administración desleal, que acabará con desconciertos y desajustes por la secular intromisión de la distracción de dinero en el inadecuado ámbito de la apropiación indebida, y que bajo la modalidad de abuso de funciones alumbra una figura de resultado lesivo con mayor amplitud del marco típico y equiparación punitiva a las demás figuras de similar carga antijurídica insertas en el Capítulo “De las defraudaciones”.


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