El Tribunal Europeo de Justicia ha dictado una reciente sentencia que viene, en definitiva, a extender determinados derechos y garantías laborales a los administradores de las sociedades de capital. Esta doctrina, que tiene sus precedentes en fallos anteriores del Tribunal, tendrá una enorme trascendencia en la configuración en el régimen de servicios retribuidos que presta un administrador en una sociedad de capital.
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