Carmen Carretero Espinosa de los Monteros
Ante la existencia de pagos sin consignación presupuestaria previa, las leyes hacen-dísticas imponen la nulidad de pleno derecho de los actos y disposiciones administrativas. No obstante, la invalidez de los actos administrativos no exime a la Administración de la obligación de abono de las prestaciones realizadas por un tercero a su favor, en virtud del principio general del derecho de evitación del enriquecimiento injusto.
El procedimiento de reconocimiento extrajudicial de créditos se configura como un proce-dimiento excepcional para la solución del problema. Asimismo ante la existencia de pagos sin consignación presupuestaria, nuestro ordenamiento jurídico prevé la responsabilidad contable y un régimen sancionador específico.
ABSTRACT Given the existence of payments without budgetary provision, the laws impose the nullity of administrative actions. However, this invalidity of administrative actions does not relieve the Administration of the obligation of payment of services provided by third party on their behalf, under the general principle of law, the theory of unjust enrichment.
Extrajudicial recognition of credit is configured as a procedure outstanding, conducive to solve the problem. Also before the existence of payments without budgetary provision, our law provides accounting responsibility and specific sanctions.
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