Madrid, España
En este artículo, a raíz de la SAN de 10 de febrero de 2017, se aborda la exigencia de financiación del 5% del presupuesto del operador de televisión, para favorecer las películas cinematográficas y de televisión europeas, así como las lenguas originales, la aplicación del 20% de superávit de un ejercicio al ejercicio siguiente y la interpretación del art. 8.2 del Real Decreto 1652/2004.
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