Eulàlia Puig Fusté, Beatriz Goena Vives
La evolución jurídico-económica mundial ha evidenciado la gravedad del fenómeno de la criminalidad de empresa y la necesidad de instaurar mecanismos para combatirlo. El legislador Español se ha decantado por regular penalmente la responsabilidad de las personas jurídicas, atribuyéndoles funciones de prevención, detección y reacción frente a los delitos a través de los denominados criminal compliance o modelos de prevención de delitos. Este trabajo analiza la aplicación jurisprudencial de esta nueva institución. Por último, aspira a anticipar algunas de sus principales consecuencias prácticas, a la luz del derecho comparado y de estudios criminológicos.
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