Este estudio analiza el marco legal previsto por la reforma de la LO 13/2015 para el registro remoto de equipos informáticos a través de la instalación de software, con el fin de valorar si esa regulación logra alcanzar el difícil equilibrio entre los intereses en juego en todo proceso penal. Se persigue también mostrar que los criterios utilizados hasta ahora para valorar la proporcionalidad de los registros de objetos tangibles, o las escuchas telefónicas, puede que no sean adecuados en relación con una medida tan invasiva como es el registro remoto de equipos informáticos.
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