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La información precontractual en el ámbito de los viajes combinados tras la Directiva (UE) 2015/2302 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, relativa a los viajes combinados y a los servicios de viaje vinculados

  • Autores: Consuelo Camacho Pereira
  • Localización: RDUNED. Revista de derecho UNED, ISSN-e 2255-3436, ISSN 1886-9912, Nº. 19, 2016, págs. 581-616
  • Idioma: español
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      La Directiva (UE) 2015/2302 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, relativa a los viajes combinados y a los servicios de viaje vinculados, ha ampliado el ámbito de aplicación de la normativa de los viajes combinados atendiendo a que actualmente internet se ha convertido en un medio cada vez más importante a través del que se ofrecen o venden servicios de viaje y a que los servicios de viaje, no sólo se combinan en forma de viajes combinados preestablecidos tradicionales, sino que, con frecuencia, se combinan a medida. El presente trabajo se centra en el estudio de los deberes de información precontractual que impone la Directiva en este nuevo ámbito, distinguiendo entre una información normalizada y una información más específica en relación con el viaje contratado, con el objetivo de conocer el tratamiento de la integración de tal información en el contrato, y los requisitos exigidos para que las modificaciones en dicha información sean oponibles al viajero: que las partes contratantes lo acuerden expresamente, habiéndose comunicado todos los cambios en la información precontractual al viajero, de forma clara, comprensible y destacada, antes de contratar el viaje combinado.

    • English

      The Directive (EU) 2015/2302 of the European Parliament and of the Council, 25 november 2015, on package travel and linked travel arrangements, has expanded the scope of the package travel regulations, because actually, the internet has become an increasingly important medium through which travel services are offered or sold, and travel services are not only combined in the form of traditional pre-arranged packages, but are often combined in a customised way. This paper focuses on the study of the duties of pre-contractual information imposed by the Directive in this new field, distinguishing between standardized information and more specific information in relation to the contracted trip, with the aim of knowing the treatment of integration of such information in the contract and the requirements for changes in such information are opposable traveler: the contracting parties expressly agree, having communicated all changes to the pre-contractual information to the traveller in a clear, comprehensible and prominent before the conclusion of the package travel contract.


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