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Las fundaciones bancarias: problemas prácticos de su supervisión

  • Autores: María Lidón Lara Ortiz
  • Localización: Documentos de Trabajo. Seminario Permanente de Ciencias Sociales, ISSN-e 1988-1118, Nº. 9, 2014, 31 págs.
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • La Ley 26/2013, de 27 de diciembre, de Cajas de Ahorros y Fundaciones Bancarias recoge el régimen jurídico de las cajas de ahorros, crea la figura de las fundaciones bancarias, y establece un régimen de supervisión especial para estas últimas. La reforma introducida por esta ley pretende garantizar mayor transparencia en la gestión efectuada por el gobierno corporativo de ambas figuras, y resolver los problemas de supervisión que se habían puesto de manifiesto en los últimos años en relación con las cajas de ahorros de gran tamaño, y con esta finalidad, hace un tratamiento diferente del régimen jurídico de cajas de ahorros y de fundaciones bancarias, valorándose, a tales efectos, la importancia sistémica de las entidades. Cuando las cajas de ahorros superan ciertos límites, la norma impone su transformación en fundación bancaria, de modo que, quedan acogidas a un régimen especial de supervisión por parte del Banco de España. Con la regulación actual, este régimen puede generar ciertos problemas prácticos porque los mecanismos de control previstos por la ley no consiguen la transparencia plena de su gestión, y las competencias de los supervisores no son adecuadas y suficientes en todos los casos


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